El sistema arbitral de consumo

El sistema arbitral de consumo es un medio único para resolver los conflictos entre consumidores y empresarios o profesionales de una manera rápida, en el plazo máximo de 4 meses desde que se inicia el expediente.

Otra de sus notas características es la gratuidad del procedimiento para ambas partes, tanto para consumidor como para empresario, evitando igualmente el acudir a la vía judicial ordinaria con el coste que ello supone. No obstante, la decisión adoptado por el colegio arbitral, llamada Laudo, tiene carácter ejecutiva, siendo de obligado cumplimiento para ambas partes.

Ahora bien, la elección de este medio es voluntaria pues ambas partes se deben adherir libre y expresamente al sistema arbitral. Esta adhesión viene recompensada por la imparcialidad del órgano arbitral pues hay un representante de los consumidores y otro del sector empresarial implicado, además del presidente.

En primer lugar, cuando ambas partes deciden adherirse al sistema arbitral se intenta una avenencia. Si no se consigue, se celebra la vista, en la que cada parte plantea sus argumentos y se dicta un laudo de cumplimiento obligado.

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