Archive for the 'General' Category

¿Crisis inmobiliaria? Cuando las barbas del vecino…

CrisisY es que últimamente se está hablando mucho de una hipotética crisis inmobiliaria. Creo que nadie duda ya hoy de que se está acabando un ciclo de subida exponencial de los precios de la vivienda en España pero ¿ es posible hablar de crisis inmobiliaria en nuestro país?

Fijemos nuestra atención en EEUU, donde la vivienda ha seguido un ritmo de crecimiento parejo al de nuestro país. Allí ya se han producido sonadas quiebras de bancos hipotecarios, los precios de la vivienda están bajando en algunas zonas en más de un 20% anual y las inmobiliarias anuncian perdidas estratosfericas. Y lo que es aun más grave, de acuerdo con un reciente artículo del prestigioso diario Wall Street Journal, la crisis inmobiliaira empieza a afectar a los consumidores, según podemos leer en su artículo:

En agosto, las ventas de viviendas usadas cayeron bruscamente para alcanzar su nivel más bajo en los últimos cinco años. Un indicador clave de viviendas no vendidas se disparó a su mayor nivel en 18 años. D.R. Horton Inc. una de las principales empresas constructoras del país, rematará este fin de semana varias viviendas y recortó el precio inicial en 50 por ciento.

El mercado inmobiliario está sacudiendo a los consumidores, alimentando el temor que existe ante un menor crecimiento económico. Un indicador clave de la confianza de los consumidores cayó a su nivel más bajo en casi dos años. Y minoristas como Lowe’s Corp. y Target Corp. afirman que han sentido los efectos. “La combinación de todo esto es el reflejo de una economía que ha perdido bastante ímpetu”, dice Joshua Shapiro, economista jefe de la consultora MFR Inc. “

¿Está esto sucediendo en nuestro país? Creo que hy claros signos de que es así. Nos vienen noticias relevantes como que uno de los símbolos del pelotazo inmobiliario como Astroc está empezando a pasarlo mal, descendiendo su valor en bolsa a pasos agigantados, o que Llanera, otro importante grupo de la construcción va a cerrar parte de sus delegaciones y ajustar plantilla. Además, la venta de vivienda está bajando en cifras de dos dígitos…

Con todos estos datos creo que la pregunta que podemos hacernos no es ya si van a bajar los pisos, sino ¿cuándo y cuánto?

Cursos de formacion para consumidores

Interesante iniciativa la del Ayuntamiento de Astillero que retoma, a través de su OMIC, la formación de los consumidores, esta vez, con un seminario sobre la Ley de Cantabria 1/2006 de Defensa de Consumidores y Usuarios.

En este curso, durante cuatro jornadas del mes de septiembre, se analizarán asuntos tan relevantes como el derecho a la protección de la salud y la seguridad, el derecho a la reparación e indemnización de los daños y prejuicios sufridos o el derecho a la información y comunicaciones comerciales, entre otros.

Mas información en Ayuntamiento de Astillero 

Las penalizaciones de marzo: DAN la RAZON a los USUARIOS

En el blog de Movilonia el autor nos cuenta que le han dado la razón en un Arbitraje de Consumo en el tema de las penalizaciones que estaban aplicando las operadoras por la modificación unilateral de las condiciones que llevaron a cabo en marzo de 2007 y la posterior baja del usuario. De esta forma, relata que Movistar ha sido condenada a devolver los 145 € que le habían “obligado” a pagar si quería recuperar su línea de teléfono.

Aunque ha sido una noticia de la que se han hecho eco en varios medios de comunicación como El País  o El Mundo, además de alguna de las organización de consumidores; en definitiva, se trata de una confirmación de lo desde varias organizaciones y blog sobre derechos de los consumidores hemos venido manteniendo, estas penalizacion aplicadas por los operadores son contrarias a Derecho.

Ahroa bien, mientras a los operadores les salga más barato incumplir la Ley que respetar los derechos, seguiremos viendo estos casos. Hoy un consumidor ha ganado a una gran empresa pero ¿cúantos consumidores han sido engañados de la misma forma y no han dicho o hecho nada?  ¿Sancionará Consumo o la SETSI a las operadoras por su actuación o simplemente se lavarán las manos?

ROAMING en Móviles: Entrada en vigor de la Eurotarifa

Con el titular de “No pases del Móvil si vas al extranjero”, la Comisión Europea ha puesto en marcha la campaña de divulgación de las nuevas condiciones obligatorias para las tarifas de telefonía móvil en roaming europeo.

A finales de julio entrará en vigor la obligación para los operadores de ofrecer una Eurotarifa que no es más que una tarifa impuesta desde Bruselas para intentar acabar con los precios, entendemos que abusivos, que estaban imponiendo los operadores de telefonía móvil en todos los países europeos.

Los consejos básicos en cuanto a esta tarifa son:

  • Cuente con recibir una oferta de su operador sobre tarifas de itinerancia antes de finales de Julio de 2007.
  • Si la acepta, su operador debe activar la Eurotarifa en un plazo máximo de un mes.
  • Si no contesta a su operador antes de finales de septiembre, su operador le aplicará automáticamente la Eurotarifa, a no ser que ya hubiera elegido algún paquete especial de itinerancia.
  • Acepta lo antes posible la Eurotarifa para disfrutar costes de itinerancia inferiores, pero hazlo lo antes posible, Preferentemente antes del 31 de agosto. Después del 31 de agosto es mejor esperar a que tu operador te pase automáticamente a la Eurotarifa.
  • Si dispone ya de un paquete especial de itinerancia, se le seguirá aplicando dichas tarifas a no ser que informe de lo contrario a su operador.
  • Si no sabe claramente si su paquete es parte de un paquete especial o no, su Autoridad Nacional de Reglamentación podrá informarle.

Mas información en la web de la Comisión

El ojo público del ciudadano

Televisión Española has estrenado ayer, jueves 21 de junio, “El ojo público del ciudadano”, un nuevo programa de consumo que da la palabra a los consumidores, denuncia fraudes y abusos e intenta buscar soluciones y alternativas ante los casos planteados.

Juan Ramon LucasJuan Ramón Lucas se pone al frente de esta nueva apuesta, que combina el reporterismo de calle con el debate y la controversia en el estudio.

“El ojo público del ciudadano” es un programa de participación, servicio y denuncia en el que cualquier ciudadano se puede sentir representado. Y que solo puede molestar a los que se dediquen a engañar”, ha explicado Juan Ramón Lucas en la rueda de prensa de presentación, a la que también han asistido el director de TVE, Javier Pons, y el director de El Mundo TV, Fernando Quintela.

Fuente: RTVE

El Defensor del Pueblo

Siguiendo con el tema de consumidor de lo público planteado en las últimas entradas, toca hoy acercarnos a una figura bastante desconocida por los ciudadanos: El Defensor del Pueblo.

Enrique MuicaEn su página web aparecen más detalladas sus funciones y cometidos dentro de nuestra Constitucion pero, básicamente, se trata de una Insitucion a la que cualquiera puede acudir para plantear sus quejas ante supuesto en los que intervengan organismos público.

De esta forma, tal y como se define en su sitio de internet “el artículo 54 de la Constitución española establece que una ley orgánica regulará la institución del Defensor del Pueblo como el alto comisionado de las Cortes Generales, designado por éstas para la defensa de los derechos fundamentales, a cuyo efecto podrá supervisar la actividad de las Administraciones públicas. En cumplimiento de este mandato constitucional se promulgó la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, que regula la institución.

Al Defensor del Pueblo lo eligen el Congreso de los Diputados y el Senado mediante una votación, en la que se necesita una mayoría de tres quintos, por un periodo de cinco años.

El Defensor del Pueblo no está sujeto a mandato imperativo alguno, no recibe instrucciones de ninguna autoridad, desempeña sus funciones con autonomía y goza de inviolabilidad e inmunidad durante su permanencia en el cargo.”

Recientemente ha publicado su informe anual respecto a sus actuaciones en el año 2006, resulta interesante su lectura, que desde aquí, recomendamos.

Carta de los Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia

Y es que tambien somos consumidores de la Administracion de Justicia… en cierto modo. El documento íntegro se puede descargar en el enlace al final del texto del Preámbulo.

En los umbrales del siglo XXI la sociedad española demanda con urgencia una Justicia más abierta que sea capaz de dar servicio a los ciudadanos con mayor agilidad, calidad y eficacia, incorporando para ello métodos de organización e instrumentos procesales más modernos y

avanzados. Un proyecto tan ambicioso sólo puede ser afrontado mediante un amplio acuerdo de todas las fuerzas políticas que asegure la unidad y continuidad de los esfuerzos y garantice el consenso sobre las bases del funcionamiento de este Poder del Estado. Tal es, precisamente, el objeto y finalidad del Pacto de Estado para la Reforma de la Justicia firmado el 28 de mayo de 2001.

Entre las prioridades del Pacto de Estado figura la elaboración de una Carta de Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia que atienda a los principios de transparencia, información y atención adecuada y que establezca los derechos de los usuarios de la Justicia. Idéntica prioridad se encuentra en el acuerdo quinto de los adoptados por la Conferencia Sectorial en materia de Administración de Justicia celebrada en Las Palmas de día 22 de mayo de 2001.

La presente Carta ha sido redactada por un Grupo de Trabajo constituido en el seno de la Comisión de Seguimiento del Pacto de Estado, por acuerdo unánime de todos sus integrantes, en el que han intervenido representantes de los distintos Grupos Parlamentarios y del Ministerio de Justicia.

Este Grupo ha recogido las iniciativas presentadas por las fuerzas políticas de la Cámara, así como las opiniones y sugerencias de las Instituciones y organizaciones relacionadas con la Administración de Justicia. Buena parte de estas aportaciones se han integrado en el contenido de esta Carta.

Con la finalidad de conseguir una Justicia moderna y abierta a los ciudadanos, la Carta desarrolla en su primera parte los principios de transparencia, información y atención adecuada contemplados en el Pacto de Estado, destacando la importancia de conseguir una Administración de Justicia responsable ante los ciudadanos, quienes podrán formular sus quejas y sugerencias sobre el funcionamiento de la misma y exigir, en caso necesario, las reparaciones a que hubiera lugar.

La segunda parte de la Carta se centra en la necesidad de prestar una especial atención y cuidado en la relación de la Administración de Justicia con aquellos ciudadanos que se encuentran más desprotegidos. En primer lugar, la víctima del delito, sobre todo en los supuestos de violencia doméstica y de género. En segundo término, los menores de edad, para evitar que se vea afectado su correcto desarrollo evolutivo. En tercer lugar las personas que sufran una discapacidad sensorial, física o psíquica, para superar sus problemas de comunicación y acceso a los edificios judiciales. Finalmente los extranjeros inmigrantes en España a quienes se debe asegurar la aplicación de los principios y derechos recogidos en esta Carta.

La Carta se ocupa en su tercera parte de aquellos derechos que son característicos de la relación del ciudadano con los Abogados y Procuradores, habiendo resultado especialmente útiles en esta materia las aportaciones recibidas del Consejo General de la Abogacía y del Consejo General de Colegios de Procuradores de los Tribunales de España.

Finalmente, la Carta de Derechos concluye con una previsión relativa a las condiciones necesarias para su eficacia. De este modo, se proclama la exigibilidad de los derechos reconocidos y la vinculación a los mismos de Jueces y Magistrados, Fiscales, Secretarios Judiciales, Abogados, Procuradores y demás personas e Instituciones que cooperan con la Administración de Justicia. Asimismo se encomienda a la Comisión de Justicia e Interior del Congreso de los Diputados el seguimiento y evaluación del desarrollo y cumplimiento de esta Carta.

 

Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia

Los aparcamientos privados obligados a cobrar por minutos

Desde que el pasado 29 de diciembre fue aprobada la Ley de Mejora de la Protección de los Consumidores y Usuarios los operadores de aparcamientos privados han dispuesto de seis meses para adaptarse a las nuevas condiciones: ahora solo pueden cobrar por el tiempo que realmente se ha usado el servicio. O lo que es lo mismo, ya no pueden cobrar por fracciones de horas, medias horas o similar.

ParkingPero parece que los propietarios ya han encontrado una formula para evitar la merma de ingresos generada la prohibicion de continuar con la practica abusiva de cobro por servicios no prestados, van a poner en marcha una nueva tarifa por entrar al aparcamiento. Resulta curioso que las mejoras que inserta el Parlamento en la vida comun de los ciudadanos que, en teoria, van a beneficiar al consumidor las empresas acaben convirtiendolas en papel mojado… o en subidas de las tarifas como hicieron con las tarifas de los móviles.

Caso práctico: Problemas con el suministro eléctrico

Suministro ElectricoCuando aparezca un problema con el suministro eléctrico hay acudir a la entidad que nos suministra las electricidad -este dato, podemos comprobarlo en la factura del servicio, donde aparecerá su denominación social y marca- y presentar una reclamación por escrito.

En el caso de que no se atiendan esta queja, o que la respuesta del suministrador no responda a sus expectativas, se puede acudir a uno de los siguientes organismos oficiales en función del origen del problema:

  • En el supuesto de que estemos ante una incidencia en la gestión del contrato de suministro, tarifas eléctricas, tarifas de acceso aplicadas, acometidas, o en la calidad del mismo, hay que ponerse en contacto con el departamento competente de tu CCAA (que serán, por regla general, los Servicios de Industria y Energía).
  • Por el contrario, si estamos cuestión planteada sobre las condiciones de acceso a las redes eléctricas o relacionada con la gestión técnica del sistema, o con la gestión económica del sistema, hay que dirigirse a la Comisión Nacional de Energía, organismo competente en la resolución de conflictos que se planteen en estos ámbitos.

Igualmente, hay preestablecidos unos parámetros de calidad del suministro que hacen referencia a un conjunto de características como es la tensión, interrupciones del servicio, plazos para la prestación inicial, etc… que de ser incumplidos contemplan unas indemnizaciones directas que habrás de ser puestas a disposición del consumidor en la factura.

El sistema arbitral de consumo

El sistema arbitral de consumo es un medio único para resolver los conflictos entre consumidores y empresarios o profesionales de una manera rápida, en el plazo máximo de 4 meses desde que se inicia el expediente.

Otra de sus notas características es la gratuidad del procedimiento para ambas partes, tanto para consumidor como para empresario, evitando igualmente el acudir a la vía judicial ordinaria con el coste que ello supone. No obstante, la decisión adoptado por el colegio arbitral, llamada Laudo, tiene carácter ejecutiva, siendo de obligado cumplimiento para ambas partes.

Ahora bien, la elección de este medio es voluntaria pues ambas partes se deben adherir libre y expresamente al sistema arbitral. Esta adhesión viene recompensada por la imparcialidad del órgano arbitral pues hay un representante de los consumidores y otro del sector empresarial implicado, además del presidente.

En primer lugar, cuando ambas partes deciden adherirse al sistema arbitral se intenta una avenencia. Si no se consigue, se celebra la vista, en la que cada parte plantea sus argumentos y se dicta un laudo de cumplimiento obligado.