Archive for the 'Consumidores' Category

Epoca de viajes

Y es que con el verano llega las tan ansiadas vacaciones para la mayoría de los trabajadores y, consecuentemente, los viajes y traslados. Y esto, como no podía ser de otra manera, es fuente inagotable de problemas para los consumidores.

Los problemas pueden surgir incluso antes de salir de nuestra ciudad, con el recurrente overbooking que practican las compañías aereas, un “fraude-estafa” legalmente permitido. Y es que no se puede llamar de otra manera, las aerolíneas venden más billetes de los que disponen con la confianza -estadística- de que en el momento de prestar el servicio no se presente todo el mundo a la puerta de embarque o alguien anule el billete en el último momento. El pasajero dispone luego de una serie de derechos e indemnizaciones pero… el mal ya está hecho.

Luego, los retrasos que nos pueden llegar a hacer perder incluso algún día de las esperadas vacaciones pues, como tengamos que coger un vuelo transoceánico, en muchas ocasiones el perder el enlace supone esperar hasta el día siguiente al próximo avión. Al final, estamos tomando como habitual el que 50 pasajeros esperen sufridamente a que su compañía decida embarcarles porque hay que cambiar a la tripulación, se ha retrasado el avión en el aeropuerto de no se dónde, o hay una supuesta niebla que nadie conoce pero, ¿nos esperaría la compañía si a nosotros, en nuestro viaje al aeropuerto, el cansancio nos invadiese y no tuviesemos más remedio que echar una cabezadita en el coche? creo que la respuesta es evidente…

Eso sí, al menos, RECLAMEN!!!

El comercio electrónico creció un 60%

El comercio electrónico en España generó unos ingresos totales de 2.465 millones de euros durante 2006, un 60% más que el año anterior, impulsado principalmente por las compras de billetes de avión (transporte aéreo), agencias de viajes y operadores turísticos y los juegos de azar y apuestas.

Durante ese último año se contabilizaron un total de 31 millones de operaciones por Internet, según el último informe sobre Comercio Electrónico publicado por la CMT.
Por sectores, las compras on line de billetes de avión (transporte aéreo) superaron los
554 millones de euros, un 63% más que en el año anterior, seguidas de las realizadas a
agencias de viaje y operadores turísticos, que superaron los 265 millones de euros, con
un crecimiento interanual próximo al 68%. Por su parte, la demanda de juegos de azar y
apuestas on line superó los 161 millones de euros, un 101% más que en 2005. Otro de
los capítulos que más ingresos generó fueron los espectáculos artísticos, deportivos y
recreativos, con un total 130 millones de euros, un 58% más que el año anterior.
Por procedencia geográfica, más de la mitad de los ingresos provinieron de compras
realizadas desde España con destino a sitios web extranjeros (importaciones), hasta
superar los 1.374 millones de euros, un 55,8% del total, mientras que las compras
realizadas desde el exterior y con destino a España (exportaciones) alcanzaron los 335
millones de euros, un 13,6% del total. Finalmente, la partida que engloba los ingresos
por este tipo de compras dentro de España registró 754 millones de euros, el 30,6% del
total. El déficit comercial anual arrojó un saldo negativo de 1.038 millones de euros,
frente a los 599 millones del año anterior.

Atendiendo a las zonas donde se desarrollaron los intercambios, desde España la mayor
parte de las compras se destinaron a la Unión Europea, con unos ingresos totales de
1.178 millones de euros, 85,7% del total y más de 7 millones de operaciones, mientras
que las importaciones con EEUU representaron un 8,5% del total y 1,6 millones de
transacciones. Por su parte, las importaciones a sitios web de América Latina
representaron 11 millones de euros.
Durante el último trimestre del año, el volumen de negocio alcanzó la cifra récord de
678 millones de euros, un 60% más que en el mismo periodo del año anterior. La
compra-venta on line estuvo impulsada principalmente por el transporte aéreo, con 143
millones de euros, el 21% del volumen de negocio, y las agencias de viaje y operadores
turísticos, con más de 61 millones durante el periodo, el 9% del total. Por su parte, las
transacciones en el sector de juegos y apuestas movieron casi 50 millones de euros.
Además, destacó el crecimiento continuado de los ingresos en el sector de la educación,
con un 3,8% del total y una tasa de crecimiento interanual del 40%.

Fuente: Comision del Mercado de las Telecomunciaciones 

ROAMING en Móviles: Entrada en vigor de la Eurotarifa

Con el titular de “No pases del Móvil si vas al extranjero”, la Comisión Europea ha puesto en marcha la campaña de divulgación de las nuevas condiciones obligatorias para las tarifas de telefonía móvil en roaming europeo.

A finales de julio entrará en vigor la obligación para los operadores de ofrecer una Eurotarifa que no es más que una tarifa impuesta desde Bruselas para intentar acabar con los precios, entendemos que abusivos, que estaban imponiendo los operadores de telefonía móvil en todos los países europeos.

Los consejos básicos en cuanto a esta tarifa son:

  • Cuente con recibir una oferta de su operador sobre tarifas de itinerancia antes de finales de Julio de 2007.
  • Si la acepta, su operador debe activar la Eurotarifa en un plazo máximo de un mes.
  • Si no contesta a su operador antes de finales de septiembre, su operador le aplicará automáticamente la Eurotarifa, a no ser que ya hubiera elegido algún paquete especial de itinerancia.
  • Acepta lo antes posible la Eurotarifa para disfrutar costes de itinerancia inferiores, pero hazlo lo antes posible, Preferentemente antes del 31 de agosto. Después del 31 de agosto es mejor esperar a que tu operador te pase automáticamente a la Eurotarifa.
  • Si dispone ya de un paquete especial de itinerancia, se le seguirá aplicando dichas tarifas a no ser que informe de lo contrario a su operador.
  • Si no sabe claramente si su paquete es parte de un paquete especial o no, su Autoridad Nacional de Reglamentación podrá informarle.

Mas información en la web de la Comisión

A vueltas con la tarificación adicional

Una vez más vuelve a ponerse en evidencia, esta vez por Ceaccu, los números de tarificación adicional, es decir, números 806, números SMS premium y similares que tienen un coste considerablemente más alto que la numeración geográfica. Y esta vez, nos señalan que el 80% de los números de tarificación adicional ofertados en España no cumplen la normativa vigente.

Y es que resultan asombrosas las conclusiones del estudio realizado por esta asociación de consumidores, al alto de los números de tarificación adicional ofertados en España que no cumplen la normativa vigente, se añade el que dos de cada cuatro personas han sufrido en sus propias carnes o en su entorno un intento de engaño relacionado con los servicios de tarificación adicional.

Y no sólo las empresas privadas incumplen sus obligaciones sino que las Administraciones Públicas prestan cada vez más servicios a través de numeración con coste añadido para el usuario, incluso servicios de interés social como el 012 o el 010, lo que esta expresamente contraindicado por el Defensor del Pueblo. Si no cumplen las Administraciones, ¿ cómo van a pedir a sus administrados que cumplan?

Carta de los Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia

Y es que tambien somos consumidores de la Administracion de Justicia… en cierto modo. El documento íntegro se puede descargar en el enlace al final del texto del Preámbulo.

En los umbrales del siglo XXI la sociedad española demanda con urgencia una Justicia más abierta que sea capaz de dar servicio a los ciudadanos con mayor agilidad, calidad y eficacia, incorporando para ello métodos de organización e instrumentos procesales más modernos y

avanzados. Un proyecto tan ambicioso sólo puede ser afrontado mediante un amplio acuerdo de todas las fuerzas políticas que asegure la unidad y continuidad de los esfuerzos y garantice el consenso sobre las bases del funcionamiento de este Poder del Estado. Tal es, precisamente, el objeto y finalidad del Pacto de Estado para la Reforma de la Justicia firmado el 28 de mayo de 2001.

Entre las prioridades del Pacto de Estado figura la elaboración de una Carta de Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia que atienda a los principios de transparencia, información y atención adecuada y que establezca los derechos de los usuarios de la Justicia. Idéntica prioridad se encuentra en el acuerdo quinto de los adoptados por la Conferencia Sectorial en materia de Administración de Justicia celebrada en Las Palmas de día 22 de mayo de 2001.

La presente Carta ha sido redactada por un Grupo de Trabajo constituido en el seno de la Comisión de Seguimiento del Pacto de Estado, por acuerdo unánime de todos sus integrantes, en el que han intervenido representantes de los distintos Grupos Parlamentarios y del Ministerio de Justicia.

Este Grupo ha recogido las iniciativas presentadas por las fuerzas políticas de la Cámara, así como las opiniones y sugerencias de las Instituciones y organizaciones relacionadas con la Administración de Justicia. Buena parte de estas aportaciones se han integrado en el contenido de esta Carta.

Con la finalidad de conseguir una Justicia moderna y abierta a los ciudadanos, la Carta desarrolla en su primera parte los principios de transparencia, información y atención adecuada contemplados en el Pacto de Estado, destacando la importancia de conseguir una Administración de Justicia responsable ante los ciudadanos, quienes podrán formular sus quejas y sugerencias sobre el funcionamiento de la misma y exigir, en caso necesario, las reparaciones a que hubiera lugar.

La segunda parte de la Carta se centra en la necesidad de prestar una especial atención y cuidado en la relación de la Administración de Justicia con aquellos ciudadanos que se encuentran más desprotegidos. En primer lugar, la víctima del delito, sobre todo en los supuestos de violencia doméstica y de género. En segundo término, los menores de edad, para evitar que se vea afectado su correcto desarrollo evolutivo. En tercer lugar las personas que sufran una discapacidad sensorial, física o psíquica, para superar sus problemas de comunicación y acceso a los edificios judiciales. Finalmente los extranjeros inmigrantes en España a quienes se debe asegurar la aplicación de los principios y derechos recogidos en esta Carta.

La Carta se ocupa en su tercera parte de aquellos derechos que son característicos de la relación del ciudadano con los Abogados y Procuradores, habiendo resultado especialmente útiles en esta materia las aportaciones recibidas del Consejo General de la Abogacía y del Consejo General de Colegios de Procuradores de los Tribunales de España.

Finalmente, la Carta de Derechos concluye con una previsión relativa a las condiciones necesarias para su eficacia. De este modo, se proclama la exigibilidad de los derechos reconocidos y la vinculación a los mismos de Jueces y Magistrados, Fiscales, Secretarios Judiciales, Abogados, Procuradores y demás personas e Instituciones que cooperan con la Administración de Justicia. Asimismo se encomienda a la Comisión de Justicia e Interior del Congreso de los Diputados el seguimiento y evaluación del desarrollo y cumplimiento de esta Carta.

 

Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia

Los aparcamientos privados obligados a cobrar por minutos

Desde que el pasado 29 de diciembre fue aprobada la Ley de Mejora de la Protección de los Consumidores y Usuarios los operadores de aparcamientos privados han dispuesto de seis meses para adaptarse a las nuevas condiciones: ahora solo pueden cobrar por el tiempo que realmente se ha usado el servicio. O lo que es lo mismo, ya no pueden cobrar por fracciones de horas, medias horas o similar.

ParkingPero parece que los propietarios ya han encontrado una formula para evitar la merma de ingresos generada la prohibicion de continuar con la practica abusiva de cobro por servicios no prestados, van a poner en marcha una nueva tarifa por entrar al aparcamiento. Resulta curioso que las mejoras que inserta el Parlamento en la vida comun de los ciudadanos que, en teoria, van a beneficiar al consumidor las empresas acaben convirtiendolas en papel mojado… o en subidas de las tarifas como hicieron con las tarifas de los móviles.

Caso práctico: Problemas con el suministro eléctrico

Suministro ElectricoCuando aparezca un problema con el suministro eléctrico hay acudir a la entidad que nos suministra las electricidad -este dato, podemos comprobarlo en la factura del servicio, donde aparecerá su denominación social y marca- y presentar una reclamación por escrito.

En el caso de que no se atiendan esta queja, o que la respuesta del suministrador no responda a sus expectativas, se puede acudir a uno de los siguientes organismos oficiales en función del origen del problema:

  • En el supuesto de que estemos ante una incidencia en la gestión del contrato de suministro, tarifas eléctricas, tarifas de acceso aplicadas, acometidas, o en la calidad del mismo, hay que ponerse en contacto con el departamento competente de tu CCAA (que serán, por regla general, los Servicios de Industria y Energía).
  • Por el contrario, si estamos cuestión planteada sobre las condiciones de acceso a las redes eléctricas o relacionada con la gestión técnica del sistema, o con la gestión económica del sistema, hay que dirigirse a la Comisión Nacional de Energía, organismo competente en la resolución de conflictos que se planteen en estos ámbitos.

Igualmente, hay preestablecidos unos parámetros de calidad del suministro que hacen referencia a un conjunto de características como es la tensión, interrupciones del servicio, plazos para la prestación inicial, etc… que de ser incumplidos contemplan unas indemnizaciones directas que habrás de ser puestas a disposición del consumidor en la factura.

El sistema arbitral de consumo

El sistema arbitral de consumo es un medio único para resolver los conflictos entre consumidores y empresarios o profesionales de una manera rápida, en el plazo máximo de 4 meses desde que se inicia el expediente.

Otra de sus notas características es la gratuidad del procedimiento para ambas partes, tanto para consumidor como para empresario, evitando igualmente el acudir a la vía judicial ordinaria con el coste que ello supone. No obstante, la decisión adoptado por el colegio arbitral, llamada Laudo, tiene carácter ejecutiva, siendo de obligado cumplimiento para ambas partes.

Ahora bien, la elección de este medio es voluntaria pues ambas partes se deben adherir libre y expresamente al sistema arbitral. Esta adhesión viene recompensada por la imparcialidad del órgano arbitral pues hay un representante de los consumidores y otro del sector empresarial implicado, además del presidente.

En primer lugar, cuando ambas partes deciden adherirse al sistema arbitral se intenta una avenencia. Si no se consigue, se celebra la vista, en la que cada parte plantea sus argumentos y se dicta un laudo de cumplimiento obligado.

La GARANTIA en los bienes de consumo.

El vendedor está obligado a entregar al consumidor un bien que sea conforme con el contrato de compraventa, es decir, que se ajuste a la descripción realizada por el vendedor y posea las cualidades del bien que haya presentado al consumidor en forma de muestra o modelo. Además, habrá de ser apto para los usos a que ordinariamente se destinen los bienes del mismo tipo o para cualquier uso especial requerido por el consumidor cuando lo haya puesto en conocimiento del vendedor en el momento de celebración del contrato, siempre que éste haya admitido que el bien es apto para dicho uso.

Si el bien no fuera conforme con el contrato, el consumidor podrá optar entre exigir la reparación o la sustitución del bien, salvo que una de estas opciones resulte imposible o desproporcionada. Desde el momento en que el consumidor comunique al vendedor la opción elegida, ambas partes habrán de atenerse a ella.

La reparación o en su caso la sustitución de los productos en garantía –no conformes- se ha de ser gratuita para el consumidor lo que incluye los gastos necesarios realizados para subsanar la falta de conformidad de los bienes con el contrato, especialmente los gastos de envío, así como los costes relacionados con la mano de obra y los materiales.

Si concluida la reparación y entregado el bien, éste sigue siendo no conforme con el contrato, el comprador podrá exigir la sustitución del bien (siempre que no sea un bien fungible o de segunda mano), la rebaja del precio o la resolución del contrato.

El plazo del periodo de garantía es de DOS años desde la entrega, periodo en el que el vendedor responderá de las faltas de conformidad, debiendo informar el consumidor del fallo en el plazo de dos meses desde que tuvo conocimiento de éste. En los bienes de segunda mano, el vendedor y el consumidor podrán pactar un plazo menor, que no podrá ser inferior a un año desde la entrega.

Salvo prueba en contrario, se presumirá que las faltas de conformidad que se manifiesten en los seis meses posteriores a la entrega ya existían cuando la cosa se entregó, excepto cuando esta presunción sea incompatible con la naturaleza del bien o la índole de la falta de conformidad.

Hacia dónde va Internet

No es que éste tema esté directamente relacionado con la temática de esta bitácora pero sí que nos va a permitir adelantarnos al nuevo escenario y, por tanto, anticipar soluciones a los problemas que cómo consumidores y profesionales del Derecho de los consumidores nos vamos a encontrar en una sociedad cada vez más tecnificada.

La Pew Internet& American Life Project, dedicada a estudiar el impacto de Internet en las familias y sociedad americana acaba de difundir uno de sus últimos estudios centrados en la Web 2.0 que esta considerada el Internet a venir. Resulta llamativa la principal consecuencia que -tengamos en cuenta que estamos hablando siempre de datos de EEUU- podemos sacar del estudio: más dl 50% de los adultos americanos se declaran medianos o grandes usuarios de las Tecnologías de la Información, incluso un 31 % son usuarios “élite” de este medio.

Y que significa esto… las relaciones sociales caminan hacia un cambio inevitable de su configuracion: cada vez vamos a vivir más en Internet (comprar, vender, jugar, aprender). El medio web, con sus ventajas e inconvenientes, va a convertirse en nuestra forma principal de relacionarnos con la sociedad, con las tiendas, con las Administraciones y como consecuencia directa de esta transformación, la normas jurídico-sociales que estructuran nuestra sociedad van a tener que cambiar.

El Derecho de los Consumidores no va a ser menos y se nos van a plantear retos importantes cómo el qué hacer ante compras internacionales, cómo proteger al consumidor de los abusos de empresarios de las antípodas, como fiscalizar los pagos… Todo esto habrá que regularlo si no nos queremos quedar atrás una vez más en esta semi-desarrollada España tecnológica.

Enlace al estudio.