El Ministerio de Industria pone coto a los abusos en SMS Premium
Recientemente ha sido aprobada la normativa que regula los servicios SMS Premium para proteger los derechos de los usuarios.
El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ha aprobado la Orden Ministerial reguladora de los servicios de mensajes cortos de texto (SMS) y de los mensajes multimedia (MMS), incluyendo de forma estacada la modalidad que permite la descarga de logos, melodías y otros contenidos. Estos últimos servicios, conocidos como Premium, conllevan una tarificación al usuario adicional a la del servicio soporte de telecomunicaciones, y utilizan habitualmente números cortos para su prestación.
La Orden Ministerial aprobada, que se publicará próximamente en el Boletín Oficial del Estado (BOE), afecta a un sector muy dinámico, que en su conjunto (incluyendo SMS ordinarios y Premium) facturó más de 1.600 millones de euros en 2006. Esta nueva disposición está especialmente dirigida a la protección de los derechos de los usuarios, al haberse detectado inconvenientes de naturaleza parecida a la planteada hace unos años por los servicios de tarificación adicional vocales, problemática que fue superada a raíz de la normativa específica aprobada por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en el año 2004, que incluía la atribución de los códigos de numeración telefónica 803, 806 y 807.
Derecho de desconexión
La normativa impone a los operadores del servicio telefónico la obligación de garantizar a sus abonados el derecho a la desconexión de los servicios de tarificación adicional basados en el envío de mensajes cortos. La implantación de este mecanismo permitirá al abonado, previa solicitud a su operador, que desde su terminal telefónico se impida el envío de mensajes de coste superior a un SMS ordinario, o con determinados contenidos para adultos.
Encadenamiento de mensajes y servicios de suscripción
Bajo la nueva regulación no está permitido que se exija a los consumidores el envío de dos o más mensajes consecutivos, sujetos a tarificación adicional, para solicitar un servicio. Con ello se impiden este tipo de prácticas, con las que se desvirtuaban los niveles máximos de precios fijados para cada modalidad de servicio.
Se presta especial atención a los servicios de suscripción. En particular, se garantiza la existencia de procedimientos armonizados de alta y baja en estos servicios, lo que reduce el riesgo de altas inadvertidas y facilita a los usuarios la tarea de darse de baja.
